Centro Infanta Leonor

¿Si percibo una pensión de invalidez de la S.S. tengo automaticamente la condición de minusvalía?

 
Aunque lo lógico es que se produjera una homologación o reconocimiento automático de la condición de minusválido con un grado igual o superior al 33 por ciento, a aquellas personas que estuvieran percibiendo una pensión por invalidez con cargo a la Seguridad Social (sea ésta de la naturaleza que sea), esta circunstancia no se produce. Por ello, una persona que tenga reconocida una pensión de la Seguridad Social ha de presentar la solicitud para su reconocimiento como minusválido, al igual que ocurría en el caso de que ya tuviera reconocida una minusvalía. En este último supuesto, dicho reconocimiento no implicaría, a su vez, un derecho a percibir la pensión de invalidez que le correspondiera atendiendo al grado de minusvalía que le han reconocido en el certificado correspondiente.
Es necesario que tanto el reconocimiento de la condición de minusválido como la solicitud del derecho a percibir una pensión de invalidez de la Seguridad Social se interesen en solicitudes independientes que habrán de ser presentadas y tramitadas ante los Organismos correspondientes.