Centro Infanta Leonor

Voy a comprar un coche nuevo. ¿Qué ventajas tengo por minusvalía?

 

Las ventajas que tiene es en los impuestos que tiene que pagar por comprar el coche y por circular, te explicaremos cada una de ellas:

Impuesto de matriculación: este impuesto es de un 7% o un 12% dependiendo de la cilindrada de vehículo, las personas con discapacidad están exentas de esta impuesto si cumplen los siguientes requisitos:
a) siempre cuando son vehículos especialmente construidos para una persona discapacitada, su tara sea inferior a 300 Kg y no superen los 40 Km/hora.
b) cuando se trata de un coche ordinario, además de acreditar la minusvalía, el coche debe matricularse a nombre del minusválido y ser de su uso exclusivo, que hayan transcurrido al menos 4 años desde que compró otro coche en las mismas circunstancias y no se puede vender el coche que se compre en los 4 años siguientes a su matriculación.  

Impuesto de circulación: Las personas con discapacidad no tienen que pagar este impuesto siempre y cuando su coche adaptado tiene una potencia menor de 14 CV y su minusvalía es inferior al 65%. Si es superior es este porcentaje la exención es sobre coches que lleguen hasta los 17 CV.  

IVA: los vehículos especiales para discapacitados pagan un 4% de IVA, si es un coche normal que hay que adaptar se paga el 16% sobre el coche y el 7% sobre los elementos imprescindibles que sea necesario adaptar para que la persona discapacitada que lo compra pueda conducirlo, en arreglos o sustituciones posteriores de estos elementos se pagará el 16%.

Además de la exención de impuestos puedes informarte en tu Comunidad Autónoma sobre las ayudas individuales que se convocan cada año donde se incluyen ayudas para la compra y adaptación de vehículos, las cantidades de estos conceptos varían cada año.